¿Por qué debemos prestar atención a la regulación de la UE sobre el límite máximo de ocratoxina A?
Nov 29, 2022
Investigaciones de Suecia, Alemania Occidental, Canadá y Yugoslavia detectaron ocratoxina en suero y sangre humanos. El análisis de orina de niños en Sierra Leona detectó ocratoxinas y aflatoxinas durante todo el año. Además, se estima que más del 25 por ciento de los cultivos del mundo están contaminados con micotoxinas. Entonces, ¿qué es la ocratoxina A (OTA)? Entendamos el concepto de ocratoxina A, su daño al cuerpo humano y las últimas regulaciones de la UE sobre el límite máximo de ocratoxina A.

La ocratoxina A (OTA) es una micotoxina que es producida naturalmente por hongos de los géneros Aspergillus y Penicillium y está presente como contaminante en una variedad de alimentos como cereales y productos de cereales, frutas secas, vino y jugo de uva, granos de café, especias y regaliz, etc. La ocratoxina A se forma durante el secado y almacenamiento de los cultivos. Su formación se puede evitar utilizando buenas prácticas de secado y almacenamiento.
Se ha demostrado que la ocratoxina A (OTA) es tóxica y cancerígena para los animales. El principal órgano diana de la ocratoxina A es el riñón. Otros efectos secundarios incluyen hepatotoxicidad, inmunosupresión, inhibición de la síntesis macromolecular, aumento de la peroxidación lipídica e inhibición de la producción de ATP mitocondrial. Con base en la carcinogenicidad demostrada en estudios con animales, la Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer (IARC) ha clasificado a la ocratoxina A como un carcinógeno humano probable del Grupo 2B. Un estudio reciente sugiere que la ocratoxina A desencadena el autismo a través de un mecanismo epigenético. La ocratoxina A alteró la absorción de nutrientes en el intestino y, además, los animales tratados con ocratoxina A experimentaron infecciones parasitarias más rápidas y perjudiciales. Además, también se descubrió que la OTA induce la permeabilidad intestinal a través del estrés oxidativo. La OTA afecta el intestino al reducir la absorción de nutrientes, alterar la permeabilidad intestinal, la apoptosis celular y modular el sistema inmunitario.

Con el fin de evitar el daño mencionado anteriormente de la ocratoxina A en el cuerpo humano, el 5 de agosto de 2022, la Comisión Europea emitió el Reglamento (UE) 2022/1370, que modifica el Reglamento (CE) No. 1881/2006, agregando el Nivel Máximo (ML) de ocratoxina A en algunos alimentos.
El Reglamento (CE) nº 1881/2006 de la Comisión ha establecido niveles máximos de ocratoxina A en determinados alimentos. No obstante, hay que tener en cuenta que se ha encontrado ocratoxina A en alimentos que provocarían una exposición humana a la ocratoxina A para los que no se han establecido niveles máximos. También conviene establecer niveles máximos para alimentos tales como frutas secas que no sean frutas de vid secas, productos de regaliz, hierbas secas, ingredientes para infusiones de hierbas, semillas oleaginosas, pistachos y cacao en polvo. Además, los niveles máximos existentes de ocratoxina A en ciertos productos alimenticios, como productos de panadería, pasas, café tostado y café instantáneo, deben reducirse adecuadamente. En consecuencia, el Reglamento (CE) n.º 1881/2006 debe modificarse sobre la base del Reglamento (UE) 2022/1370 de la siguiente tabla.

productos alimenticios | Nivel Máximo (ug/kg) | |
2.2 Ocratoxina A | ||
2.2.1 | Cereales sin procesar | 5.0 |
2.2.2 | Todos los productos derivados/procesados de cereales sin procesar, excepto los productos alimenticios enumerados en 2.2.3, 2.2.4, 2.2.5, 2.2.12 y 2.2.13 Cereales comercializados para el consumo del consumidor final | 3.0 |
2.2.3 | Productos de panadería, bocadillos de cereales y cereales para el desayuno | |
- Productos que no contengan semillas oleaginosas, nueces o frutos secos | 2.0 | |
- Productos que contienen no menos de 20 por ciento de frutos secos de vid y/o higos secos | 4.0 | |
- Otros productos que contengan semillas oleaginosas, frutos secos y/o frutos secos | 3.0 | |
2.2.4 | Bebidas de malta sin alcohol | 3.0 |
2.2.5 | Gluten de trigo no comercializado para el consumo del consumidor final | 8.0 |
2.2.6 | Fruta seca | |
- Frutos secos de la vid (pasas, grosellas y sultanas) e higos secos | 8.0 | |
- Otros frutos secos | 2.0 | |
2.2.7 | Jarabe de dátiles | 15.0 |
2.2.8 | Cafe tostado | 3.0 |
- Café tostado en grano y café tostado molido, excepto café instantáneo | ||
- Café soluble (café instantáneo) | 5.0 | |
2.2.9 | Vino (incluido el vino espumoso, excluido el vino de licor y el vino con un contenido alcohólico no menos de 15 % vol.) y vino de frutas | 2.0 |
2.2.10 | Vino aromatizado, bebidas a base de vino aromatizado y cócteles elaborados con vinos aromatizados | 2.0 |
2.2.11 | Zumo de uva, zumo de uva concentrado reconstituido, néctar de uva, mosto de uva y mosto de uva concentrado reconstituido, comercializados para el consumo final del consumidor | 2.0 |
2.2.12 | Alimentos elaborados a base de cereales para lactantes y niños pequeños y alimentos infantiles | 0.5 |
2.2.13 | Alimentos dietéticos para usos médicos particulares destinados a lactantes y niños pequeños | 0.5 |
2.2.14 | Especias, incluidas las desecadas, excepto Capsicum spp. | 15.0 |
Capsicum spp. (frutos secos de los mismos, enteros o molidos, incluida la cayena, el pimentón, los chiles o el chile en polvo) | 20.0 | |
mezclas de especias | 15.0 | |
2.2.15 | Regaliz (Glycyrrhiza glabra, Glycyrrhiza inflate y otras especies) | |
- Raíz de regaliz, incluso como ingrediente en infusiones de hierbas | 20.0 | |
- Extracto de regaliz para uso en alimentos, en particular bebidas y confitería | 80.0 | |
- Dulces de regaliz que contengan un 97 % o más de extracto de regaliz en base seca | 50.0 | |
- Los demás dulces de regaliz | 10.0 | |
2.2.16 | Hierbas secas | 10.0 |
2.2.17 | Raíces de jengibre para uso en infusiones de hierbas. | 15.0 |
Raíces de malvavisco, raíces de diente de león y azahar para infusiones de hierbas o sustitutos del café. | 20.0 | |
2.2.18 | Semillas de girasol, semillas de calabaza, semillas de melón (agua), semillas de cáñamo, soja | 5.0 |
2.2.19 | Los pistachos deben someterse a selección u otro tratamiento físico antes de su comercialización para su | 10.0 |
Pistachos comercializados para consumo final del consumidor o uso como ingrediente en productos alimenticios | 5.0 | |
2.2.20 | Polvo de cacao | 3.0 |
La enmienda entrará en vigor el 1 de enero de 2023. Sin embargo, los alimentos enumerados en la tabla que se vendieron legalmente antes del 1 de enero de 2023 pueden permanecer en el mercado hasta su fecha mínima o de consumo preferente.
Si desea saber más acerca de nuestra empresa, por favor contáctenos eninfo@inhealthnature.coma su conveniencia.






